Convocatoria Extraordinaria de Ayudas a la Contratación por Cuenta Ajena
Plazo de solicitud del 5 al 24 de julio, inclusive
A su vez, también podrán concurrir a la presente convocatoria extraordinaria, cualquier empresa que hubiese formalizado un contrato en el periodo indicado (entre el 1 de mayo y el 31 de octubre de 2011), siempre que el mismo cumpla los requisitos exigidos en las bases reguladoras de la convocatoria del 2011.
Para su desarrollo se destina una cantidad por importe de 172.000 euros.
Algunos apuntes:
Objeto: El objeto de las bases es regular la concesión de subvenciones a empresas, con centro de trabajo en Gijón, para el fomento y mantenimiento del empleo de trabajadores por cuenta ajena cuyos contratos detrabajo hayan sido formalizados entre el 1 de mayo y el 31 de octubre de2011.
Colectivos subvencionables: Las bases establecen tres líneas de Colectivos subvencionables:
- 1. Quienes hayan obtenido experiencia laboral, en los tres años previos a la formalización del contrato, en alguno de los planes de empleo municipales: Plan de Inserción Laboral, Programa Innovador para la mejora de la Empleabilidad, (PIME), Escuelas Taller, Talleres de Empleo y Casas de Oficios, acciones complementarias de los planes locales de empleo o cualquier otro programa de formación y/o empleo gestionado por el Ayuntamiento de Gijón; así como jóvenes menores de 30 años, con certificado/diploma de formación ocupacional para el empleo, acreditativo de haber concluido satisfactoriamente un proceso formativo ocupacional en los 3 años previos a la contratación, y que sean contratados en una ocupación relacionada con la formación recibida.
- 2. Desempleados/as que no percibieran prestación alguna por desempleo en el momento de la contratación.
- 3. Personas que se hubieran quedado en situación de desempleo después del 1 de enero de 2009 y que estuvieran percibiendo prestación por desempleo.
Cuantías: Las cuantías son variables, estando en función deltipo de contrato, (entre 1.500 € y 3.000 €) y de la duración de la jornadalaboral que se calcula en proporción a la misma.















